Desinformación Concepto EN

El concepto de desinformación ha sido definido por diversos actores a lo largo del tiempo. Una de las definiciones más difundidas es la adoptada por la Comisión Europea en el Action Plan Against Disinformation, que la describe como información falsa, inexacta o engañosa, creada y difundida deliberadamente para obtener beneficios económicos o engañar a la audiencia, con potencial para dañar la confianza en las instituciones democráticas y la toma de decisiones individuales. No obstante, esta definición presenta limitaciones, ya que asume una relación lineal entre desinformación y pérdida de confianza institucional, cuando en realidad esta se inscribe en un contexto más amplio de crisis generalizada de confianza. (Sequera, 2023)

En la misma línea, el Grupo de Expertos de Alto Nivel sobre Noticias Falsas y Desinformación de la Comisión Europea recomienda abandonar el término “noticias falsas” y utilizar exclusivamente “desinformación”, entendida como información falsa, imprecisa o engañosa, difundida intencionalmente para causar daño público o generar ingresos. Este enfoque reconoce a la desinformación como una forma de expresión potencialmente nociva, pero que no necesariamente encuadra en las categorías de discurso ilegal ya definidas, como la difamación, la incitación al odio o la violencia.

La falsedad de la información puede obedecer a múltiples factores —errores, interpretaciones parciales, datos incompletos o manipulaciones— que no son igualmente reprochables. El grado de responsabilidad puede variar según quién emite la información, siendo especialmente problemático cuando proviene de funcionarios públicos, como se evidenció durante la pandemia de COVID-19 en Paraguay, donde autoridades promovieron información falsa sobre vacunas y terapias sin respaldo científico.

Desde la perspectiva de los estándares interamericanos e internacionales de derechos humanos, la libertad de expresión protege incluso la difusión de información falsa. Ningún tratado internacional exige la veracidad como condición para dicha protección. Tanto la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la OEA como el Relator Especial de la ONU sostienen que imponer un deber general de veracidad generaría un efecto inhibidor sobre el debate público, el acceso a la información y el control democrático. Como señaló la Corte Interamericana de Derechos Humanos (1985) y reafirmó Catalina Botero (CIDH, 2017), exigir la verdad como requisito previo impediría el debate abierto necesario para alcanzarla, debilitando así los fundamentos de la democracia.





La integridad de la información

La integridad de la información se ha consolidado en los últimos años como uno de los conceptos centrales para comprender los desafíos contemporáneos de las sociedades digitales. Si bien hoy se la asocia con fenómenos como la desinformación, la manipulación informativa o el impacto de la inteligencia artificial, su origen es eminentemente técnico y se encuentra en el campo de la ciberseguridad.

En sus inicios, la integridad de la información fue definida como una de las tres propiedades fundamentales del modelo clásico de seguridad de la información, conocido como CIA triad: confidencialidad, integridad y disponibilidad. Desde esta perspectiva, la integridad hacía referencia a la protección de los datos frente a modificaciones no autorizadas, ya fueran accidentales o maliciosas. Herramientas como el cifrado, los controles de acceso, los hashes criptográficos y las firmas digitales surgieron precisamente para garantizar que la información permaneciera íntegra, exacta y confiable durante su ciclo de vida.

Sin embargo, la expansión de Internet, la digitalización de la vida social y política, y el rol central de las plataformas digitales transformaron profundamente este concepto. La integridad dejó de ser únicamente una propiedad técnica de los sistemas para convertirse en una condición estructural del ecosistema informativo. En este nuevo contexto, ya no solo importa que la información no sea alterada, sino que no sea engañosa, manipulada o diseñada para distorsionar la percepción de la realidad.

Este desplazamiento conceptual es el que retoman y desarrollan los principales organismos internacionales:

  1. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) aborda la integridad de la información como un elemento clave para sostener la confianza pública, tanto en las instituciones democráticas como en la economía digital. En sus documentos recientes sobre gobernanza digital y lucha contra la desinformación, la OCDE lo define de la siguiente manera:

La integridad de la información es el resultado de un entorno informativo que promueve el acceso a fuentes de información precisas, confiables, basadas en pruebas y plurales, y que permite a las personas estar expuestas a ideas plurales y diversas, tomar decisiones informadas y ejercer mejor sus derechos.

Es decir, considera que la degradación del entorno informativo afecta directamente la capacidad de las personas para tomar decisiones informadas, participar en procesos democráticos y confiar en los mercados. Desde esta mirada, la integridad de la información no se protege únicamente mediante controles técnicos, sino a través de políticas públicas integrales, cooperación con plataformas digitales, promoción de la alfabetización mediática y respeto irrestricto por la libertad de expresión. La OCDE enfatiza que cualquier estrategia debe evitar respuestas punitivas o censuradoras, apostando en cambio por la responsabilidad compartida entre Estados, sector privado, medios y ciudadanía.

  1. El Foro Económico Mundial (World Economic Forum) introduce la integridad de la información como un riesgo sistémico global. En sus informes de Global Risks, la desinformación y la manipulación informativa aparecen recurrentemente entre las principales amenazas a corto y mediano plazo. El WEF subraya que la combinación entre plataformas digitales, modelos de negocio basados en la atención, algoritmos opacos y el avance acelerado de la inteligencia artificial han creado un entorno altamente vulnerable a la amplificación de información falsa o engañosa. Desde este enfoque, la pérdida de integridad informativa no solo afecta a la democracia, sino también a la estabilidad social, la seguridad internacional y el funcionamiento de los mercados. La respuesta propuesta se apoya en la gobernanza multiactoral, la transparencia algorítmica, la ética tecnológica y el fortalecimiento de la resiliencia informacional de las sociedades.
  2. La Organización de las Naciones Unidas (ONU) sitúa la integridad de la información en el corazón de su agenda de derechos humanos, paz y desarrollo sostenible. En particular, a partir de los informes impulsados por el Secretario General y la UNESCO, la ONU define la integridad de la información como un bien público global, indispensable para garantizar el derecho a la información, la libertad de expresión y la seguridad de periodistas, científicos y actores del conocimiento. La ONU advierte que la desinformación puede tener consecuencias directas y graves en contextos críticos como elecciones, emergencias sanitarias, conflictos armados o crisis climáticas. Al mismo tiempo, remarca que la defensa de la integridad informativa no debe utilizarse como pretexto para la censura o la vigilancia masiva, sino que debe basarse en principios de derechos humanos, transparencia y proporcionalidad.

La tendencia actual es utilizar esta definición; otras instancias gubernamentales a nivel mundial están realizando este giro. Desde TEDIC aún seguimos evaluando este término desde la perspectiva de liberad de expresión y hemos encontrado algunas tensiones que se desarrollan a continuación.



Limitaciones del enfoque de integridad de la información basado en ciberseguridad frente a la desinformación y la libertad de expresión

El abordaje de la integridad de la información desde la ciberseguridad ha sido históricamente eficaz para proteger sistemas, datos y procesos frente a accesos no autorizados, alteraciones maliciosas o fallas técnicas. Sin embargo, cuando este enfoque se traslada sin ajustes al problema contemporáneo de la desinformación, emergen importantes limitaciones conceptuales, normativas y prácticas, especialmente cuando se lo analiza desde la perspectiva de la libertad de expresión.

En primer lugar, el enfoque de ciberseguridad concibe la integridad como una propiedad objetiva y verificable: la información es íntegra si no ha sido modificada sin autorización. En el campo de la desinformación, en cambio, el problema no reside necesariamente en la alteración técnica del contenido, sino en su intencionalidad, contexto y efectos sociales. Una pieza de desinformación puede ser técnicamente íntegra “no manipulada ni falsificada” y aun así ser engañosa, sacada de contexto o diseñada para inducir a error. Esta brecha evidencia que los criterios técnicos de integridad son insuficientes para evaluar la calidad y el impacto del discurso público.

En segundo lugar, el enfoque de ciberseguridad opera bajo una lógica de control y prevención, orientada a eliminar amenazas mediante bloqueos, restricciones o neutralización de riesgos. Trasladado al ámbito informativo, este paradigma tiende a promover respuestas como la remoción de contenidos, el filtrado automatizado o la intervención algorítmica. Desde la perspectiva de la libertad de expresión, estas medidas resultan problemáticas, ya que pueden derivar en censura indirecta, sobre-remoción de contenidos legítimos y afectación desproporcionada del debate público, especialmente en contextos políticos o electorales.

Una tercera limitación radica en la asimetría de poder que introduce este enfoque. En ciberseguridad, la autoridad que define qué constituye una amenaza suele estar claramente delimitada (administradores de sistemas, proveedores de infraestructura, equipos de seguridad). En el ecosistema informativo, en cambio, delegar la definición de qué contenidos “dañan la integridad” a Estados o plataformas privadas plantea riesgos significativos para la libertad de expresión, al concentrar la capacidad de arbitraje sobre la verdad, la legitimidad o la aceptabilidad del discurso.

Asimismo, el enfoque de ciberseguridad tiende a despolitizar el problema, tratándolo como una cuestión técnica o de seguridad, cuando la desinformación es un fenómeno profundamente social, político y cultural. Este encuadre puede invisibilizar factores estructurales como la polarización, la pérdida de confianza institucional, los modelos de negocio basados en la atención o las desigualdades en el acceso a información confiable. Desde la óptica de los derechos humanos, esta reducción técnica limita la comprensión integral del problema y puede conducir a soluciones parciales o contraproducentes.

Calificar la desinformación exclusivamente como un riesgo de seguridad puede justificar medidas excepcionales, urgentes o extraordinarias, que no siempre respetan los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad establecidos en el derecho internacional de los derechos humanos. Organismos como la ONU y la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la OEA y ONU han advertido que combatir la desinformación mediante enfoques securitizados puede erosionar el espacio cívico y debilitar la democracia que se busca proteger.

Por todo lo expuesto, desde TEDIC consideramos seguir utilizando la desinformación como concepto principal por encima de la definición de integridad de la información.